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El Supremo permite el veto a los pisos turísticos
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Dos recientes sentencias establecen que es posible prohibir la actividad de viviendas turísticas mediante acuerdo adoptado con una mayoría cualificada de 3/5 de los propietarios, que, a su vez, representen al menos 3/5 partes de los coeficientes, aclarando que no es necesaria la unanimidad.

 

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