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¡Novedades fiscales por Navidad!
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Despedimos el año con normativas aprobadas en víspera de la Navidad que están dando mucho que hablar:

 

Ley 7/2024, de 20 de diciembre: Nuevos impuestos y ajustes fiscales

 

Esta ley trae tres nuevos impuestos diseñados para adaptarse a las exigencias internacionales y abordar ciertas actividades específicas, cuyos puntos más relevantes son:

 

  1. Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición:
    • Dirigido a grupos multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud.
    • Su objetivo es asegurarse de que estas grandes empresas tributen un mínimo global del 15% en cada jurisdicción, en línea con el acuerdo de la OCDE y el G20 sobre fiscalidad internacional.
  2. Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de entidades financieras:
    • Afecta a entidades financieras que superen ciertos umbrales de ingresos.
    • Se grava el margen generado por los intereses y comisiones, buscando que contribuyan más al sistema fiscal.
  3. Impuesto sobre líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco:
    • Se introduce un nuevo tributo que afecta a los líquidos utilizados en cigarrillos electrónicos, además de reforzar la tributación de productos alternativos al tabaco tradicional.
  4. Modificaciones en otras normas tributarias:
    • Entre otras novedades, en el Impuesto sobre la Renta se incrementa al 30% el tipo de gravamen del último tramo de la base del ahorro; en el Impuesto sobre sociedades, se amplía al 20% la reducción de la reserva de capitalización, se reduce el tipo de gravamen para las micropymes y pymes y se activan las medidas reguladas en el RD-ley 3/2016, que fueron declaradas inconstitucionales.
    • Deja sin efecto el formulario de solicitud de devolución por las aportaciones de los trabajadores a las mutualidades habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, y, lo que es más importante, anula las solicitudes de devolución que no hayan sido pagadas a esta fecha. A partir de 2025, sólo devolverá de forma anual, empezando por 2019, salvo presentación de declaración rectificativa.

 

Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre: Prórrogas y novedades fiscales para 2025

 

Este decreto prorroga varias medidas que finalizaban este año, como las deducciones en el IRPF para reducir el consumo de energía primaria no renovable o la demanda de calefacción o de refrigeración; la deducción para la adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga; se prorrogan los límites excluyentes del régimen de estimación objetiva y simplificado de IVA y se eleva a 2.500€ la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores para estar obligado a presentar la declaración.

 

En cuanto al Impuesto sobre sociedades, se prorroga un año más la libertad de amortización por las inversiones efectuadas en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica.

 

Como ejemplo de la seguridad jurídica y la coherencia en el proceder de este Gobierno, reseñamos que se retrasa a 1 de abril de 2025 la entrada en vigor del nuevo Impuesto sobre los Líquidos de Cigarrillos Electrónicos, aprobado ¡¡3 días antes!! en la Ley 7/2024. De locos…

 

→ Ver resumen de las medidas tributarias de la Ley 7/2024 en Nota del Consejo General de Economistas

→ Ver resumen de las medidas tributarias del RDL 9/2024 en Nota del Consejo General de Economistas

→ Ver noticia sobre las devoluciones a mutualistas en El Economista

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