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¡Cuidado con Renta WEB, la IA vigila y señala!

Casi a la par que se publicaba en el BOE el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026, se constataba una de las grandes sospechas de los asesores fiscales: los experimentos deben hacerse con gaseosa, pero no con Renta WEB, pues pueden ser vigilados y detectados, con la ayuda de IA, continuar con una comprobación tributaria, y ya sabemos que esta suele acabar con una cuota adicional que liquidar, y el postre de una sanción.

 

Según ha admitido la propia Agencia Tributaria, esta utiliza herramientas de inteligencia artificial para controlar la obligación de declarar, así como para vigilar los cambios que los contribuyentes hacen en la aplicación, para detectar posibles fraudes.

 

Y mientras seguimos en récords de recaudación, se sigue apretando al contribuyente, especialmente si es PYME o autónomo, lo que de nuevo ha llevado a España ante el TJUE, por no trasponer y aplicar la Directiva que obliga a aplicar el IVA de franquicia, y que evitaría su ingreso a millones de pequeños empresarios y profesionales.

 

→ Ver noticia de la IA en Renta WEB en El Economista

→ Ver noticia del IVA de franquicia en El Economista

Y el SMI sigue subiendo

Como es habitual, por decreto (el RD 126/2026), sin acuerdo con la patronal, y con carácter retroactivo al 1 de enero, el Gobierno sigue incrementando el SMI, ahora hasta 40,70 € diarios o 1.221 € mensuales (1.424,50 € con prorrateo de pagas extras). Para los empleados de hogar fija el precio/hora en 9,55 €.

 

Estas cuantías suponen un incremento del 3,1% respecto a las fijadas hasta diciembre de 2025, aunque el IPC anual se situó en el 2,9%.

Retrasado VERIFACTU hasta 2027

En otro acto de evidente improvisación e inseguridad jurídica, el desgobierno ha cedido a la presión de los separatistas y, cediendo a su imposición y a menos de un mes de su entrada en vigor, ha pospuesto un año la puesta en marcha del sistema VERIFACTU, tirando por la borda las inversiones realizadas por empresas y autónomos en software y tiempo de formación y adaptación.

 

De golpe han olvidado todas las ventajas que pregonaban de la nueva facturación electrónica, y, más rápido aún, han quitado de portada de la web de la Agencia Tributaria los apartados explicativos y guías, borrando el rastro de las maravillas de VERIFACTU.

 

No obstante, y aunque la noticia ha eclipsado otras relacionadas con el control tributario, como la nuevas obligaciones a las entidades financieras de información mensual sobre el uso de tarjetas, y dado que seguirán las actuaciones antifraude, desde @AlferGestion recomendamos seguir en la senda de la adaptación a VERIFACTU, aprovechando esta imprevista e improvisada prórroga para adaptar debidamente los sistemas informáticos y alcanzar la destreza suficiente para su correcto manejo.

 

→ Ver noticia y comentarios del Consejo General de Economistas de España (CGE) en El Economista

→ Ver Tríptico VERIFACTU

El Tribunal Supremo aclara la cotización de los jubilados activos

En sentencia de 10 de julio publicada ayer, el Alto Tribunal sienta jurisprudencia y establece que los jubilados que sigan realizando trabajo como autónomos no tendrán que cotizar si sus rendimientos netos son inferiores al SMI.

 

Aclara así que, previamente a comprobar los rendimientos para verificar la obligación de darse de alta y cotizar en RETA, los ingresos brutos deberán minorarse en los gastos deducibles.

 

→ Ver noticia en El Economista

Volvemos a nuestros horarios habituales

A partir del próximo 22 de septiembre, retomamos el horario de atención al público habitual en nuestros despachos

 

En Madrid y Las Rozas:

  • Mañanas, de lunes a viernes de 10 a 14: Atención completa, tanto telefónica como presencial.
  • Tardes, de lunes a jueves de 17 a 18:30: Atención telefónica, y presencial solo con cita previa.

 

En Bustarviejo recuperamos nuestra apertura habitual los martes y jueves de 17:00 a 20:00.

 

En @AlferGestion esperamos que hayan disfrutado unas felices vacaciones.

El SMI sube de nuevo, pero Hacienda se lleva el 40%

El Gobierno ha aprobado mediante el Real Decreto 87/2025 un nuevo incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), con  efectos desde el 1 de enero de este año. Sin embargo, lo cierto es que Hacienda se quedará con el 40% de la subida en concepto de IRPF y cotizaciones sociales.

 

Este hecho ha generado tensiones dentro del propio Ejecutivo, con posturas enfrentadas sobre el impacto real de la medida en los bolsillos de los trabajadores. Mientras que algunos miembros del Gobierno celebran la subida como un avance en materia laboral, otros critican que la carga fiscal impide que el beneficio llegue íntegro a los asalariados, aunque en el Ministerio de Trabajo conocían este impacto.

 

Las cuantías del SMI son las siguientes:

Importe (€)
SMI diario 39,47
SMI mensual 1.184
SMI anual a efectos de compensación y absorción 16.576
SMI jornada legal en actividad para trabajadores eventuales y temporeros 56,08
SMI hora de empleados de hogar 9,26

 

En Alfer Gestión analizamos cómo esta subida del SMI puede afectar a empresas y trabajadores, ayudando a optimizar su fiscalidad y cotización, y tomar las mejores decisiones.

 

¿Cómo te afecta esta medida? Contacta con nosotros y te asesoramos.

 

→ Ver noticia sobre la tributación y cotización del SMI en Libre Mercado

Actualización en nuestro horario de atención presencial

Con el objetivo de adaptarnos a los cambios en las necesidades y hábitos de nuestros clientes, y al mismo tiempo favorecer la conciliación familiar de nuestro equipo, hemos ajustado nuestro horario de atención en nuestros despachos de Madrid y Las Rozas:

 

  • Mañanas, de lunes a viernes: Atención completa, tanto telefónica como presencial.
  • Tardes, de lunes a jueves: Atención telefónica, y presencial solo con cita previa.

 

Seguimos comprometidos con ofrecerles el mejor servicio, garantizando la misma calidad y cercanía de siempre. Agradecemos su comprensión y confianza. Para cualquier consulta o cita, estamos a su disposición.

Medidas fiscales, mercantiles y laborales en el Real Decreto-ley 1/2025

En esta porción del decaído RDL 9/2024, el cajón de sastre que colocó el Gobiernos a finales del año pasado, las medidas acordadas incluyen la suspensión de la causa de disolución por pérdidas en empresas afectadas por la DANA, la revalorización de pensiones en un 2,8%, y la actualización de la base máxima de cotización.

 

También se mencionan beneficios en cotización para ERTE, exenciones para el sector marítimo-pesquero, y ayudas para el transporte público y colectivos vulnerables.

 

Debemos advertir que no se han incluido medidas económicas como la prórroga de los límites de módulos y el retraso del impuesto a los líquidos para vapeo, entre otros asuntos relevantes, por lo que deberemos estar muy atentos a lo que se regule, o no, respecto de aquellos. Al parecer se aprobará próximamente otro Real Decreto-ley para prorrogar las medidas tributarias que no llegaron a aprobarse, al no ser convalidado el Real Decreto-ley 9/2024. En cuanto tengamos noticias las haremos saber.

¡Novedades fiscales por Navidad!

Despedimos el año con normativas aprobadas en víspera de la Navidad que están dando mucho que hablar:

 

Ley 7/2024, de 20 de diciembre: Nuevos impuestos y ajustes fiscales

 

Esta ley trae tres nuevos impuestos diseñados para adaptarse a las exigencias internacionales y abordar ciertas actividades específicas, cuyos puntos más relevantes son:

 

  1. Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición:
    • Dirigido a grupos multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud.
    • Su objetivo es asegurarse de que estas grandes empresas tributen un mínimo global del 15% en cada jurisdicción, en línea con el acuerdo de la OCDE y el G20 sobre fiscalidad internacional.
  2. Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de entidades financieras:
    • Afecta a entidades financieras que superen ciertos umbrales de ingresos.
    • Se grava el margen generado por los intereses y comisiones, buscando que contribuyan más al sistema fiscal.
  3. Impuesto sobre líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco:
    • Se introduce un nuevo tributo que afecta a los líquidos utilizados en cigarrillos electrónicos, además de reforzar la tributación de productos alternativos al tabaco tradicional.
  4. Modificaciones en otras normas tributarias:
    • Entre otras novedades, en el Impuesto sobre la Renta se incrementa al 30% el tipo de gravamen del último tramo de la base del ahorro; en el Impuesto sobre sociedades, se amplía al 20% la reducción de la reserva de capitalización, se reduce el tipo de gravamen para las micropymes y pymes y se activan las medidas reguladas en el RD-ley 3/2016, que fueron declaradas inconstitucionales.
    • Deja sin efecto el formulario de solicitud de devolución por las aportaciones de los trabajadores a las mutualidades habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, y, lo que es más importante, anula las solicitudes de devolución que no hayan sido pagadas a esta fecha. A partir de 2025, sólo devolverá de forma anual, empezando por 2019, salvo presentación de declaración rectificativa.

 

Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre: Prórrogas y novedades fiscales para 2025

 

Este decreto prorroga varias medidas que finalizaban este año, como las deducciones en el IRPF para reducir el consumo de energía primaria no renovable o la demanda de calefacción o de refrigeración; la deducción para la adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga; se prorrogan los límites excluyentes del régimen de estimación objetiva y simplificado de IVA y se eleva a 2.500€ la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores para estar obligado a presentar la declaración.

 

En cuanto al Impuesto sobre sociedades, se prorroga un año más la libertad de amortización por las inversiones efectuadas en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica.

 

Como ejemplo de la seguridad jurídica y la coherencia en el proceder de este Gobierno, reseñamos que se retrasa a 1 de abril de 2025 la entrada en vigor del nuevo Impuesto sobre los Líquidos de Cigarrillos Electrónicos, aprobado ¡¡3 días antes!! en la Ley 7/2024. De locos…

 

→ Ver resumen de las medidas tributarias de la Ley 7/2024 en Nota del Consejo General de Economistas

→ Ver resumen de las medidas tributarias del RDL 9/2024 en Nota del Consejo General de Economistas

→ Ver noticia sobre las devoluciones a mutualistas en El Economista

Incorporación de talento joven gracias a la Comunidad de Madrid y la Unión Europea

Nos complace anunciar la puesta en marcha de un proyecto enfocado en la incorporación laboral de jóvenes con cualificación universitaria. Este programa busca promover oportunidades profesionales para el talento emergente, contribuyendo al desarrollo económico y social de nuestra región.

 

Agradecemos a la Comunidad de Madrid la subvención otorgada, así como a la Unión Europea por su apoyo financiero a través del Fondo Social Europeo. Esta colaboración refuerza nuestro compromiso con el empleo juvenil, impulsando la innovación y el futuro laboral de nuestra sociedad.

#ConstruyendoFuturo #TalentoJuvenil #FondoSocialEuropeo

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